En octubre cambió el interés a impugnar por la mora en la cuota de la administración. La Superintendencia Financiera certificó el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario que regirá entre el 1 y el 31 de octubre del 2022. De acuerdo a la resolución N° 1327 de 2022, el interés es de 24,61% efectivo anual.
El interés de mora por el no pago de la cuota de la administración está contemplado en el artículo 30 de la ley 675 de 2001. De acuerdo con la normativa, el mismo es de una y media veces el interés bancario corriente. Por tanto, teniendo en cuenta el interés bancario recién expuesto, el interés de mora entre el 1 y el 31 de octubre será del 2,653%.
Este número se vio incrementado con respecto a septiembre, ya que la tasa de interés había sido del 1,05%.
Es de destacar que hay copropiedades donde esta tasa de interés puede ser diferente, La ley 675 también contempla que con el quórum de la asamblea pueda convenir una tasa de interés menor en caso de mora. En caso de no haberse estipulado, el interés de mora es de una y media veces el interés bancario corriente.
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